Qué pasa si no presentas la Renta 2022/23 dentro del plazo estando obligado a hacerla

La campaña de la Renta empezó el 11 de abril y se extiende hasta el 30 de junio y si se te olvida presentar tu declaración dentro de plazo estando obligado a hacerla puede acarrearte una multa importante.

Como cada año ya está aquí la campaña de la Renta 2022/2023 y saber si te va a tocar pagar o vas a tener suerte y el organismo te va a devolver en función de lo que has hecho este año.

Las fechas están muy claras: del 11 de abril al 30 de junio. Un plazo de más de 2 meses y medio que te van a permitir ir poco a poco para tratar de incluir deducciones para tratar de obtener un resultado favorable o comprobar que todo está correcto y no te va a suponer un problema a futuro. 

Es mucho tiempo y dependiendo de tu caso puede que vayas dejándolo pasar hasta el último momento. ¿El problema? Que se te olvide presentar la declaración dentro de plazo, estando obligado a hacerla. 

¿Qué puede ocurrir? Pues que tristemente vas a tener que hacer frente a una sanción por parte de la Agencia Tributaria que puede ser importante y hacerte un desbarajuste en tus cuentas.

Hay matices a considerar, eso sí. 

Para quién es obligatorio presentar la declaración de la Renta

Lo primero que debes saber, evidentemente, es si en tu caso es obligatorio presentar la declaración de la Renta. 

La respuesta es simple: si recibes más de 22.000 euros de ingresos anuales percibidos por un solo pagador. También existen otras variables que te van a requerir presentar la declaración de manera anual: si se tienen 2 pagadores o recibes hasta 1.600 euros por rendimientos de capital inmobiliario.

Además, si ya has hecho la declaración de la Renta una vez, ya tendrás que hacerla todos los años, puesto que si no lo haces vas a tener que hacer frente a una multa que irá en crecimiento hasta que regularices la situación. 

Cuáles son los plazos para presentar la declaración de la Renta

Cuando tengas esto claro, lo siguiente que tienes que contemplar son los plazos para presentar la declaración de la Renta para así tener el calendario y mano y que no se te pasen las fechas. 

Dependiendo de la modalidad, hay 3 fechas a considerar:

  • Internet: desde el 11 de abril hasta el 30 de junio se puede modificar y presentar a través del portal de la Agencia Tributaria. Ten en cuenta que si te toca pagar, el plazo se acorta hasta el 27 de junio.
  • Por teléfono: desde el 5 de mayo hasta el 30 de junio. Debes tener en cuenta que si optas por esta modalidad es necesario tener cita previa.
  • Presencial: desde el 1 de junio hasta el 30 de junio. También será necesario pedir cita previa. 

Como puedes ver, el plazo de cierre es el mismo para todas las opciones, pero dependiendo de la que elijas tendrás más tiempo para rellenarla. 

Además, ten en cuenta que la modalidad presencial o por teléfono tendrás un funcionario del organismo para que te ayude a rellenarla, mientras que de manera online serás tú solo el que tendrá que hacer la declaración. 

De cuánto puede ser la multa por no presentar la declaración

Y ahora, al meollo de la cuestión, ¿Qué pasa si no presentas la declaración dentro de plazo y estabas obligado a hacerlo? Pues que la Agencia Tributaria te aplicará unos recargos si la declaración te salía a pagar. 

El organismo iniciará un procedimiento sancionador que te obligará a pagar el 50% extra de lo que deberías devolverle en tu declaración. Dependiendo de si has causado perjuicio económico a Hacienda o has cometido fraude, esta multa puede incrementarse hasta el 150%.

Por suerte, existen unas reducciones que te puedes aplicar:

  • Reducción por conformidad: reducción del 30% si aceptas la sanción impuesta. 
  • Reducción por pago: reducción del 40% si se ingresa la sanción en el periodo voluntario. 

Este es el caso más grave, puesto que es Hacienda la que te ha enviado un requerimiento previo. Si se te ha pasado el plazo y te has dado cuenta antes de que el organismo te lo requiera, tendrás que pagar una multa, pero será mucho menor. 

Lo que tendrás que hacer es presentar una declaración extemporánea sin requerimiento previo y la Agencia Tributaria te aplicará unos cargos si te tocaba pagar.

El recargo será un porcentaje igual al 1% más otro 1% adicional por cada mes completo de retraso. Si esta declaración se presenta transcurridos 12 meses, el recargo será del 15%, pero dejará fuera todas las sanciones que hubiesen podido exigirse. 

Qué pasa si la declaración te salía a devolver

Todos los casos anteriores son relativos a si te tocaba pagar a Hacienda. La cosa cambia por completo si la declaración te salía a devolver, pero igualmente vas a tener que pagar una multa. 

En el caso de presentarla fuera de plazo con requerimiento por parte del organismo, tendrás que hacer frente a una sanción de 200 euros. En el caso de hacerlo sin requerimiento previo, la sanción se reducirá a la mitad, es decir, 100 euros.

Otros artículos interesantes:

Más información sobre: